La Superintendencia de
Valores y Seguros de Chile (S.V.S.), ha nominado hasta ahora no
menos de 350 Liquidadores Oficiales de Seguros en todo el país, que
son los únicos encargados de evaluar los daños de cada asegurado
dice la UNACO
Pocas horas después del
sismo del 27 de febrero en Chile, la UNACO (Defensores del
Asegurado) emitió un comunicado de prensa que reproducimos a
continuación:
"Para informar a la ciudadanía
respecto de los derechos que a cada uno le asisten en cuanto a los
seguros comprometidos por concepto del terremoto 2010 en Chile, la
UNACO
desea informar a los medios de prensa y a la ciudadanía lo
siguiente:
Todos los Créditos Hipotecarios
cubren los daños producidos por efectos del terremoto.
Además de lo arriba expuesto, los
seguros de INCENDIO de casa habitación contemplan el ADICIONAL de
Terremoto en todas y cada una de las Pólizas suscritas en forma
particular por cada afectado.
Cada chileno afectado, debe tomar
contacto inmediato con su Banco acreedor o su Compañía Aseguradora
para reclamar su Seguro de Terremoto.
Para efectos del cobro del seguro
comprometido las Compañías de Seguros en Chile deben cumplir con la
Ley de Seguros ( DFL 251 ). Para estos efectos, hay que estar muy
atentos a exigir los derechos que la Ley confiere a cada
afectado.
Recomendaciones para los afectados
Considerando que las Compañías de
Seguros en Chile, harán lo imposible por evitar pagar los Seguros
comprometidos por daños causados por el Terremoto 2010 en
Chile:
Nunca aceptar que
la Liquidación del Siniestro la haga un empleado o un "Liquidador
Directo" de la Compañía de Seguros. La razón de esto es que resulta
evidente que el empleado de la Compañía de Seguros perjudicará al
Asegurado en beneficio de su empleador, la Compañía de Seguros, al
momento de definir el monto indemnizable.
Jamás aceptar que
la Liquidación del Siniestro la desarrolle un "Liquidador Oficial
de Seguros" designado directamente por la Compañía de Seguros. La
razón de esto es que varios Liquidadores Oficiales de Seguros
inescrupulosos, han establecido alianzas estratégicas con las
Compañías de Seguros Chilenas, para que estas últimas les asignen
masivamente los siniestros reportados con motivo del terremoto con
el fin de ofrecerles a las aseguradoras, a través del "control de
costos de siniestros", el máximo ahorro posible en el pago de los
daños reclamados.
Esta práctica de "alianzas" entre
Compañías de Seguros y Liquidadores Oficiales de Seguros, es
abiertamente ilegal en Chile, y las alianzas entre Compañías de
Seguros y Liquidadores Oficiales de Seguros están duramente
penalizadas por la Ley de Seguros.
Algunos Liquidadores Oficiales de
Seguros que se sabe han hecho al momento estas alianzas
estratégicas con las Compañías de Seguros en Chile son:
Graham Miller Carvallo S.A.
Crawford Carvallo S.A.
Segured S.A.
Juan Pablo Valdivieso &
Asociados Ajustadores Especializados S.A.
SGC Ajustadores S.A.
McLaren Young, Liquidadores de
Seguros.
Faraggi Global Risk, Liquidadores de
Seguros.
Beckett S.A.
Viollier & Asociados.
RoseMary & Ruiz Tagle
Liquidadores.
Fernando Jara & Asociados.
Hanna & Cia. Liquidadores de
Seguros.
Barros & CIA. Liquidadores de
Seguros.
La Superintendencia de
Valores y Seguros de Chile (S.V.S.), ha
nominado al momento no menos de 350 Liquidadores Oficiales de
Seguros en todo el país, que son los únicos encargados de evaluar
los daños de cada asegurado
El afectado por su parte, es el
ÚNICO FACULTADO POR LA LEY para escoger LIBREMENTE dentro del
listado de más de 350 nominados, entregado por la S.V.S, el Liquidador Oficial
de Seguros de SU CONFIANZA, para que sea éste quién efectúe el
procedimiento de Liquidación de Siniestro, según lo establece el
DS. 863, contenido en la Ley de Seguros en Chile.
LOS AFECTADOS NO DEBEN ACEPTAR BAJO
NINGÚN MOTIVO, QUE LA COMPAÑÍA DE SEGUROS LES IMPONGA O SUGIERA,
SOBRE LA BASE DE ENGAÑOS Y/O PROMESAS FALSAS, UN LIQUIDADOR OFICIAL
DE SEGUROS DE CONFIANZA DE LA COMPAÑÍA DE SEGUROS, pues EL
ASEGURADO se expone a ser perjudicado al momento de la Liquidación
de Siniestro, considerando que el Liquidador de la Compañía de
Seguros recibió de la misma Compañía de Seguros chilena la
instrucción de tratar de evadir el pago indemnizatorio a toda
costa.
Los Liquidadores Oficiales de
Seguros en Chile que han establecido este tipo de Alianzas
Estratégicas ilegales con el mercado de seguros en Chile, reciben
un honorario inversamente proporcional a la pérdida. Ello significa
que a menor indemnización recomendada, mayor es el honorario que el
Liquidador Oficial de Seguros recibe de la Compañía de Seguros en
Chile".
El comunicado de la UNACO, firmado
por Paola Perelló y Álvaro Pérez,
concluyó poniéndose a disposición de los medios de comunicación a
fin de "dar a conocer estos y otros aspectos fundamentales sobre el
uso y abuso de los seguros comprometidos en Chile". (Fuente:
UNACO).