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Chile: ¿cómo operarán los seguros?

06 mar 2010

La Superintendencia de Valores y Seguros de Chile (S.V.S.), ha nominado hasta ahora no menos de 350 Liquidadores Oficiales de Seguros en todo el país, que son los únicos encargados de evaluar los daños de cada asegurado dice la UNACO

Pocas horas después del sismo del 27 de febrero en Chile, la UNACO (Defensores del Asegurado) emitió un comunicado de prensa que reproducimos a continuación:

"Para informar a la ciudadanía respecto de los derechos que a cada uno le asisten en cuanto a los seguros comprometidos por concepto del terremoto 2010 en Chile, la UNACO desea informar a los medios de prensa y a la ciudadanía lo siguiente:

Todos los Créditos Hipotecarios cubren los daños producidos por efectos del terremoto.

Además de lo arriba expuesto, los seguros de INCENDIO de casa habitación contemplan el ADICIONAL de Terremoto en todas y cada una de las Pólizas suscritas en forma particular por cada afectado.

Cada chileno afectado, debe tomar contacto inmediato con su Banco acreedor o su Compañía Aseguradora para reclamar su Seguro de Terremoto.

Para efectos del cobro del seguro comprometido las Compañías de Seguros en Chile deben cumplir con la Ley de Seguros ( DFL 251 ). Para estos efectos, hay que estar muy atentos a exigir los derechos que la Ley confiere a cada afectado.

Recomendaciones para los afectados

Considerando que las Compañías de Seguros en Chile, harán lo imposible por evitar pagar los Seguros comprometidos por daños causados por el Terremoto 2010 en Chile:

Nunca aceptar que la Liquidación del Siniestro la haga un empleado o un "Liquidador Directo" de la Compañía de Seguros. La razón de esto es que resulta evidente que el empleado de la Compañía de Seguros perjudicará al Asegurado en beneficio de su empleador, la Compañía de Seguros, al momento de definir el monto indemnizable.

Jamás aceptar que la Liquidación del Siniestro la desarrolle un "Liquidador Oficial de Seguros" designado directamente por la Compañía de Seguros. La razón de esto es que varios Liquidadores Oficiales de Seguros inescrupulosos, han establecido alianzas estratégicas con las Compañías de Seguros Chilenas, para que estas últimas les asignen masivamente los siniestros reportados con motivo del terremoto con el fin de ofrecerles a las aseguradoras, a través del "control de costos de siniestros", el máximo ahorro posible en el pago de los daños reclamados.

Esta práctica de "alianzas" entre Compañías de Seguros y Liquidadores Oficiales de Seguros, es abiertamente ilegal en Chile, y las alianzas entre Compañías de Seguros y Liquidadores Oficiales de Seguros están duramente penalizadas por la Ley de Seguros.

Algunos Liquidadores Oficiales de Seguros que se sabe han hecho al momento estas alianzas estratégicas con las Compañías de Seguros en Chile son:

Graham Miller Carvallo S.A.

Crawford Carvallo S.A.

Segured S.A.

Juan Pablo Valdivieso & Asociados Ajustadores Especializados S.A.

SGC Ajustadores S.A.

McLaren Young, Liquidadores de Seguros.

Faraggi Global Risk, Liquidadores de Seguros.

Beckett S.A.

Viollier & Asociados.

RoseMary & Ruiz Tagle Liquidadores.

Fernando Jara & Asociados.

Hanna & Cia. Liquidadores de Seguros.

Barros & CIA. Liquidadores de Seguros.

La Superintendencia de Valores y Seguros de Chile (S.V.S.), ha nominado al momento no menos de 350 Liquidadores Oficiales de Seguros en todo el país, que son los únicos encargados de evaluar los daños de cada asegurado

El afectado por su parte, es el ÚNICO FACULTADO POR LA LEY para escoger LIBREMENTE dentro del listado de más de 350 nominados, entregado por la S.V.S, el Liquidador Oficial de Seguros de SU CONFIANZA, para que sea éste quién efectúe el procedimiento de Liquidación de Siniestro, según lo establece el DS. 863, contenido en la Ley de Seguros en Chile.

LOS AFECTADOS NO DEBEN ACEPTAR BAJO NINGÚN MOTIVO, QUE LA COMPAÑÍA DE SEGUROS LES IMPONGA O SUGIERA, SOBRE LA BASE DE ENGAÑOS Y/O PROMESAS FALSAS, UN LIQUIDADOR OFICIAL DE SEGUROS DE CONFIANZA DE LA COMPAÑÍA DE SEGUROS, pues EL ASEGURADO se expone a ser perjudicado al momento de la Liquidación de Siniestro, considerando que el Liquidador de la Compañía de Seguros recibió de la misma Compañía de Seguros chilena la instrucción de tratar de evadir el pago indemnizatorio a toda costa.

Los Liquidadores Oficiales de Seguros en Chile que han establecido este tipo de Alianzas Estratégicas ilegales con el mercado de seguros en Chile, reciben un honorario inversamente proporcional a la pérdida. Ello significa que a menor indemnización recomendada, mayor es el honorario que el Liquidador Oficial de Seguros recibe de la Compañía de Seguros en Chile".

El comunicado de la UNACO, firmado por Paola Perelló y Álvaro Pérez, concluyó poniéndose a disposición de los medios de comunicación a fin de "dar a conocer estos y otros aspectos fundamentales sobre el uso y abuso de los seguros comprometidos en Chile". (Fuente: UNACO).

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